http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=AN&reference=6552844&links=par%E1lisis%20braquial&optimize=20121127&publicinterface=true

Según se narra en el escrito de demanda, Edurne nació el NUM000 de 2009 en el Hospital Reina Sofía de xxxx y, al producirse en el periodo expulsivo, una distocia de hombros, le fueron realizadas a la Sra.Amalia maniobras intempestivas e incorrectas, por parte de la matrona, para liberar el hombro anterior de la niña, por lo que se le causó a ésta una avulsión del plexo braquial con aparición de una parálisis braquial obstétrica. Añade que la matrona no puede realizar partos distócicos, sino que estos competen al obstetra y que no se informó a la gestante de la posibilidad de la aparición de una parálisis braquial obstétrica en el transcurso del parto vaginal. Considera, así mismo, que resulta aplicable la teoría del daño desproporcionado. Se estima parcialmente la demanda.

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