Como consecuencia de la aprobación del Real Decreto-Ley 1/2015, de 27 de febrero, se amplia el plazo para poder solicitar el pago anticipado de las deducciones familiares hasta el 31 de marzo.

Las solicitudes que se presenten hasta el 31 de marzo darán derecho a obtener el pago anticipado de los meses de enero, febrero y marzo, siempre que se cumplan los requisitos establecidos para ello.

Esta norma, extiende la deducción, y el derecho a solicitar el abono anticipado de las mismas, a:

  • los ascendientes separados legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos y por los que tenga derecho a la totalidad del mínimo por descendientes.
  • los contribuyentes que perciban prestaciones del sistema público de protección de desempleo o pensiones de los regímenes de previsión social o asimilados.

La solicitud de abono anticipado de la deducción de ascendiente con dos hijos y la solicitud de las deducciones reguladas en el artículo 81 bis por los contribuyentes que perciban prestaciones por desempleo o pensiones, estará disponible en la sede electrónica de la AEAT a partir del lunes 9 de Marzo.

Para más información acceder a la siguiente dirección:
AEAT Solicitur abono anticipado de las deducciones en el IRPF

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